BASES LEGALES GENERALES PARA REMATES PÚBLICOS Y PRIVADOS REALIZADOS POR LB INVERSIONES SPA
1. DISPOSICIONES GENERALES
Objeto:
Las presentes Bases Legales Generales regulan las condiciones bajo las cuales LB INVERSIONES SpA, que opera bajo la marca Lukacova, en calidad de empresa liquidadora y organizadora de subastas, realizará remates públicos o privados de bienes muebles e inmuebles de terceros, incluyendo vehículos, maquinaria, inmuebles, saldos de retail, partes y piezas u otros activos.
Ámbito de Aplicación:
Estas bases se aplicarán a todos los remates organizados por Lukacova, presenciales o electrónicos, salvo que, para un remate específico, se informen condiciones distintas o complementarias en la publicación del remate.
Marco Normativo:
Los remates se regirán por:
- Código Civil y Código de Comercio de la República de Chile.
- Ley N° 18.092 (si aplica a medios de pago).
- Ley N° 19.886 (en caso de participar entidades públicas).
- Legislación sectorial aplicable según el tipo de activo.
- Condiciones publicadas para cada remate (incluyendo su publicación, aviso o ficha informativa).
2. DEFINICIONES
- “Lukacova” o “Organizador”: Lukacova y/o la entidad que ésta designe para la organización, administración y/o ejecución del remate, incluyendo la publicación, coordinación, cobranza, formalización de adjudicaciones y demás gestiones operativas asociadas.
- “Martillero”: Don Miguel Andrés Berrios Fuentes, Martillero Público, Registro Nacional de Martilleros Públicos N° 1778, quien dirigirá el remate cuando corresponda.
- “Mandante”: Persona natural o jurídica que encarga a Lukacova la gestión del remate de uno o más bienes, pudiendo corresponder al propietario, tenedor, custodio, aparcadero, o a quien tenga título o facultad suficiente para disponer del bien, según corresponda.
- “Remate” o “Subasta”: Procedimiento mediante el cual se ofrecen bienes a postores, adjudicándose al mejor postor conforme a estas Bases y a las condiciones informadas para cada remate.
- “Bien” o “Vehículo”: Activo ofrecido en remate, sea vehículo motorizado y/o sus componentes o elementos asociados cuando así se indique. Se entenderá que el Bien se remata como especie o cuerpo cierto y en venta ad corpus.
- “Lote”: Unidad de adjudicación ofrecida en el remate. Un Lote puede comprender uno o más bienes, según se informe en las condiciones del remate.
- “Postor”: Persona natural o jurídica que participa en el remate realizando ofertas por uno o más Lotes, aceptando estas Bases y las condiciones informadas para cada remate remate.
- “Oferta”: Manifestación válida del Postor para adquirir un Lote bajo el precio y condiciones establecidas, según el mecanismo de participación definido para el remate.
- “Adjudicación”: Asignación del Lote al Postor que resulte ganador conforme al procedimiento del remate. La adjudicación genera para el adjudicatario la obligación de pago íntegro del precio y demás cargos aplicables, dentro de los plazos informados.
- “Adjudicatario”: Postor al cual se le ha adjudicado uno o más Lotes.
- “Precio de Adjudicación”: Monto final por el cual un Lote es adjudicado al Adjudicatario, sin perjuicio de los cargos adicionales aplicables (comisiones, impuestos, gastos, u otros).
- “Comisión”: Porcentaje o monto que cobra Lukacova por la gestión del remate, conforme a lo indicado en estas Bases o en las condiciones informadas para cada remate.
- “IVA”: Impuesto al Valor Agregado aplicable a la comisión y/o a los conceptos afectos, según la normativa tributaria vigente.
- “Garantía de Seriedad” o “Garantía”: Monto exigido para participar y/o para respaldar el cumplimiento de las obligaciones del Postor/Adjudicatario. En caso de incumplimiento, podrá perderse en los términos establecidos en estas Bases.
- “Acta de Remate” o “Documento de Adjudicación”: Documento que formaliza la adjudicación, con valor de contrato entre las partes, y que será comunicado y remitido al Adjudicatario vía correo electrónico, a la dirección informada por éste.
- “Plazo de Pago”: Periodo dentro del cual el Adjudicatario debe pagar íntegramente el Precio de Adjudicación y los cargos aplicables. El no pago total o parcial dentro del Plazo de Pago se considerará incumplimiento.
- “Incumplimiento de Pago”: Falta de pago, total o parcial, de uno o más Lotes adjudicados dentro del Plazo de Pago. Este incumplimiento habilita, entre otras medidas, la pérdida de la Garantía y la inhabilitación para futuros remates, conforme a estas Bases.
- “Plazo de Retiro”: Periodo máximo para retirar el Bien adjudicado, contado desde que se cumplan las condiciones de pago y coordinación informadas. Vencido el plazo, se aplicarán las consecuencias establecidas en estas Bases y/o en las condiciones informadas para cada remate.
- “Estado del Bien”: Condición material, mecánica y estética del Bien al momento del remate. El Postor/Adjudicatario acepta que el Bien se remata “en el estado en que se encuentra”, sin garantías, devoluciones ni reclamos, incluidos vicios aparentes u ocultos.
- “Estado Documental y/o Registral”: Situación jurídica y administrativa del vehículo, incluyendo, sin limitarse a, permisos, inscripciones, certificados, gravámenes, prohibiciones, anotaciones, multas, encargo por robo, prenda u otras limitaciones. Su revisión y verificación será de exclusiva responsabilidad del Postor/Adjudicatario.
- “Sin Documentación”: Situación en que Lukacova no dispone, ni entrega, ni garantiza la disponibilidad de documentación del vehículo en formato físico o digital, lo que el Postor/Adjudicatario declara conocer y aceptar.
- “Vehículo sin Llaves”: Vehículo respecto del cual Lukacova no tiene acceso ni custodia de llaves. En tal caso, el Adjudicatario asume íntegramente los costos, gestiones y riesgos asociados a apertura, confección/obtención de llaves, traslado y/o puesta en marcha.
- “Correo Electrónico Informado”: Dirección de correo declarada por el Postor/Adjudicatario para comunicaciones formales. Se entenderá válida toda notificación enviada por Lukacova a dicho correo.
- “Inhabilitación” o “Bloqueo”: Medida aplicada por Lukacova frente a incumplimientos, consistente en restringir el acceso y/o participación del Postor/Adjudicatario en remates futuros, por el periodo que Lukacova determine conforme a estas Bases.
- “Vehículo para Circular”: Vehículo cuyo estado documental y/o registral, a la fecha del remate, no presenta limitaciones conocidas que impidan su transferencia a un nuevo propietario, permitiendo su inscripción a nombre del adjudicatario conforme a la normativa aplicable. Esta calificación se refiere exclusivamente a la posibilidad de transferencia registral y no constituye, en caso alguno, garantía de que el vehículo se encuentre apto para circular, listo para uso, o libre de fallas o contingencias de cualquier tipo. En particular, el Vehículo para Circular puede presentar problemas mecánicos, eléctricos, estructurales, estéticos y/o eventuales contingencias administrativas o documentales, cuya revisión y verificación serán siempre de exclusiva responsabilidad del comprador, manteniéndose plenamente aplicable la regla de venta como especie o cuerpo cierto y en el estado en que se encuentra.
- “Vehículo para Desarme”: Vehículo ofrecido y adjudicado exclusivamente para fines de desarme y venta por partes y piezas, por encontrarse imposibilitado de circular y/o por no resultar procedente o viable su transferencia y/o reparación. En consecuencia, el comprador acepta que esta categoría no se destina a uso vial ni a rehabilitación, asumiendo íntegramente los costos, gestiones, permisos, traslados, disposición final y cualquier otra obligación o riesgo asociado al desarme, comercialización de partes y piezas y/o manejo del bien, sin derecho a reclamo posterior.
3. DEL REMATE
Modalidad:
Lukacova podrá realizar remates de forma presencial, electrónica o híbrida. En caso de remates en línea, se informará la plataforma digital correspondiente, sus requisitos técnicos y el procedimiento para participar, los que serán informados en la publicación del remate (aviso, ficha o anuncio correspondiente).
Publicidad:
Los remates serán anunciados con al menos tres (3) días hábiles (de lunes a viernes) de anticipación mediante publicación en la página web de Lukacova, redes sociales y otros medios pertinentes.
Comunicaciones y Correo Oficial:
Para todos los efectos de estas Bases, el correo oficial de Lukacova para consultas, coordinaciones y comunicaciones formales es contacto@lukacova.cl. Asimismo, el Postor/Adjudicatario declara y garantiza que el correo electrónico que informe a Lukacova será su canal válido de notificación, y será de su exclusiva responsabilidad mantenerlo vigente y operativo. Las comunicaciones enviadas por Lukacova al correo informado por el Postor/Adjudicatario se entenderán válidamente practicadas desde la fecha y hora de envío.
Exhibición de Bienes:
Todos los bienes serán exhibidos con anterioridad al remate en modalidad física o a través de archivos digitales, según se indique en la publicación del remate (medio/lugar, fecha y horario) que Lukacova establezca. La no asistencia a la exhibición por medios físicos o digitales no dará derecho a reclamo alguno posterior.
Estado de los Bienes:
Todos los bienes se rematan como especie o cuerpo cierto y en el estado en que se encuentran y exhiben de conformidad con la definición en la cláusula 2 que antecede, sin lugar a garantía, devolución ni reclamo posterior por vicios aparentes u ocultos, atendido a su naturaleza de bienes rematados y su venta ad corpus. Asimismo, el estado documental y/o registral de los vehículos (incluyendo, sin limitarse a, permisos, inscripciones, certificados, gravámenes, prohibiciones, anotaciones y demás antecedentes) será de exclusiva responsabilidad del comprador, quien deberá verificarlo por su cuenta y cargo antes de ofertar y adjudicarse el bien. Lukacova no mantiene ni entrega documentación de los vehículos en formato físico ni digital, y no garantiza su disponibilidad. Del mismo modo, Lukacova no tiene acceso ni custodia de llaves; por tanto, si el vehículo se encontrare sin llaves, el comprador asume íntegramente los costos, gestiones y riesgos asociados a su obtención, confección, apertura, traslado y/o puesta en marcha, sin derecho a reclamo posterior.
4. PARTICIPACIÓN DE POSTORES
Requisitos de Inscripción
Para participar, el postor deberá:
- Registrarse previamente (física o digitalmente), presentando su cédula de identidad o RUT.
- En caso de personas jurídicas, se deberá presentar poder suficiente del representante legal.
- Aceptar íntegramente estas bases.
Garantía de Seriedad:
Para participar del remate, el postor deberá entregar una garantía de seriedad correspondiente a $200.000 por cada $1.000.000 del monto máximo de posturas y/o adjudicación que el Postor declare para el remate. De no entregar garantía, no podrá participar del remate.
La garantía deberá entregarse exclusivamente mediante depósito o transferencia bancaria a la siguiente cuenta:
- Banco de Chile
- Cuenta corriente N° 00-023-05524-03 (CLP)
- Titular: LB Inversiones SpA
- RUT: 76.728.045-9
Una vez acreditado el pago de la garantía, el participante quedará habilitado para postular en el remate.
Reglas de la Garantía (constitución, suficiencia, imputación, devolución y pérdida).
La Garantía de Seriedad tiene por objeto asegurar la seriedad de la participación del Postor y el cumplimiento oportuno e íntegro de las obligaciones derivadas de su participación y, en especial, del pago de los lotes que se adjudique.
El Postor declara conocer y aceptar que la Garantía debe ser suficiente para respaldar el “monto máximo a rematar” que declare y/o el total de los lotes que efectivamente se adjudique. En caso de resultar adjudicatario por un monto total superior al monto respaldado con la Garantía entregada, Lukacova podrá exigir, a su sola discreción y como condición para mantener vigente la adjudicación, el complemento de la Garantía y/o el pago inmediato de la diferencia que corresponda.
La Garantía se entenderá válidamente constituida solo una vez que los fondos se encuentren efectivamente abonados y disponibles en la cuenta indicada por Lukacova; la sola emisión o exhibición de comprobantes de transferencia o depósito no bastará si los fondos no se encuentran disponibles.
En caso de adjudicación, la Garantía podrá ser imputada, total o parcialmente, al pago del precio de adjudicación y/o de los cargos aplicables, según determine Lukacova y conforme a las condiciones informadas para cada remate, sin que dicha imputación suspenda ni modifique los plazos de pago establecidos en estas Bases.
A los Postores que no resulten adjudicatarios, la Garantía les será devuelta dentro de cinco (5) días hábiles contados desde el cierre del remate o desde la comunicación/publicación de resultados, lo que ocurra último, mediante transferencia a la cuenta que éstos indiquen. Será de exclusiva responsabilidad del Postor entregar datos bancarios correctos y verificables. Los costos bancarios asociados a la devolución, si existieran, serán de cargo del Postor. Si hubiese información errónea en los datos bancarios para el depósito de la garantía, los días de devolución serán contados desde la fecha en que el Postor comunique a Lukacova los datos bancarios correctos y verificables.
La Garantía podrá ser retenida y se entenderá perdida en su totalidad, a título de multa o pena convencional, en caso de que el Postor/Adjudicatario: (i) no pague, pague parcialmente, o pague fuera de plazo uno o más lotes adjudicados; (ii) solicite dejar sin efecto la adjudicación por arrepentimiento o causa similar; (iii) no cumpla condiciones esenciales informadas para el remate; y/o (iv) incumpla obligaciones de coordinación y retiro en los términos de estas Bases. Lukacova podrá imputar la Garantía a cubrir comisiones, gastos administrativos, costos de re-publicación, bodegaje/custodia, traslados y/o cualquier perjuicio derivado del incumplimiento, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan.
En caso de existir saldo a favor del Postor/Adjudicatario luego de imputaciones procedentes conforme a estas Bases, dicho saldo será devuelto dentro de cinco (5) días hábiles contados desde la determinación del monto final a imputar.
Facultades del Rematador:
El martillero o encargado del remate tendrá la facultad de resolver cualquier situación no prevista, mantener el orden y validar o invalidar posturas en caso de irregularidades.
5. ADJUDICACIÓN
Mecanismo:
La adjudicación se hará al mejor postor, mediante sistema de puja ascendente, sobre cerrado o modalidad especial definida para cada remate, pudiendo el remate efectuarse de manera presencial y/o mediante mecanismos remotos u online, a través de plataformas digitales, enlaces o sistemas que el Organizador determine e informe oportunamente para cada remate.
Formalización de la Adjudicación:
La adjudicación será formalizada mediante acta de remate o documento equivalente, con valor de contrato entre las partes, el cual será comunicado y remitido vía correo electrónico al adjudicatario, a la dirección de correo que éste hubiere informado para tales efectos. Las comunicaciones relativas a la adjudicación y su formalización se efectuarán desde el correo oficial contacto@lukacova.cl. En caso de no pago, total o parcial, de uno o más lotes adjudicados dentro de los plazos y condiciones informadas para el remate, el adjudicatario incurrirá en incumplimiento, quedando sin derecho a reclamo, y aceptando desde ya: (i) la pérdida total de la garantía de seriedad, la que podrá imputarse a título de multa o pena convencional, sin perjuicio de la facultad de Lukacova de destinarla a cubrir comisiones, gastos administrativos, costos de re-publicación y/o cualquier perjuicio derivado del incumplimiento; y (ii) el bloqueo o inhabilitación de su acceso y participación en remates posteriores organizados o gestionados por Lukacova, por el período que ésta determine. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las demás acciones que puedan corresponder conforme a estas Bases y a la normativa aplicable.
Irrevocabilidad de la Oferta y Prohibición de Desistimiento:
La oferta realizada por el Postor y la adjudicación efectuada en el remate se entenderán serias, firmes e irrevocables. En consecuencia, el Adjudicatario no podrá retirar su puja, desistir unilateralmente de la adjudicación, ni solicitar la anulación o resolución de la compra por motivos de arrepentimiento, cambio de opinión o causa similar, aun cuando el Bien ya hubiere sido pagado y/o recibido. Atendida la naturaleza propia del remate y la venta como especie o cuerpo cierto y en el estado en que se encuentra (ad corpus), no se aceptarán devoluciones, cambios ni reembolsos.
Sin perjuicio de lo anterior, si el Adjudicatario no pagare, pagare parcialmente, no suscribiere el Acta de Remate o Documento de Adjudicación cuando corresponda, o no retirare el Bien dentro de los plazos aplicables, dicho incumplimiento facultará a Lukacova para dejar sin efecto la adjudicación, reasignar o re-rematar el Lote conforme a estas Bases, y aplicar las consecuencias previstas, incluyendo: (i) la pérdida total de la Garantía de Seriedad, pudiendo imputarse a título de multa o pena convencional y/o para cubrir comisiones, gastos administrativos, costos de re-publicación y demás perjuicios; y (ii) el bloqueo o inhabilitación del Adjudicatario para participar en remates posteriores organizados o gestionados por Lukacova, por el período que ésta determine. Todo lo anterior, sin perjuicio de los derechos que la normativa aplicable pudiere reconocer en casos específicos y de las acciones que correspondan.
Comunicación de la adjudicación formal:
Para todos los efectos de estas Bases, la comunicación de la adjudicación formal se entenderá practicada desde la fecha y hora de envío del correo electrónico por parte de Lukacova al correo informado por el adjudicatario, con independencia de su efectiva apertura o lectura, siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario mantener un correo vigente y operativo.
Plazo de Pago:
El Adjudicatario deberá pagar íntegramente el Precio de Adjudicación y los cargos aplicables dentro del plazo de tres (3) días hábiles, contado desde la fecha de envío del correo electrónico que comunica la adjudicación formal, mediante el Acta de Remate o Documento de Adjudicación remitido por correo electrónico al Correo Electrónico Informado por el adjudicatario. Vencido dicho plazo sin que se haya verificado el pago total, se configurará incumplimiento, resultando aplicables las consecuencias previstas en estas Bases, incluyendo la pérdida total de la Garantía de Seriedad y la inhabilitación/bloqueo para participar en remates posteriores, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan.
Pago:
El adjudicatario deberá:
- Pagar la comisión de remate (12% + IVA, salvo estipulación distinta en las bases del respectivo remate).
- Pagar el costo de administración de $50.000 tanto en chatarra como en vehículos para circular.
- Toda chatarra paga IVA (19%)
- En el caso de transferencia, pagar el costo de inscripción del 1.5% del valor fiscal o rematado, el que sea mayor.
- En el caso de transferencia, pagar el costo de registro civil y tramitación de $60.000.
Ejemplos:
1) Chatarra
Sea V = valor ofertado.
Total = V × 1,3328 + 50.000
2) Vehículo para circular
Sea V = valor ofertado (neto), A = avalúo fiscal, y M = max(V, A).
Total = V × 1,1428 + 110.000 + (M × 0,015)
6. ENTREGA DE LOS BIENES
Condiciones de Entrega:
Para efectuar el retiro del bien adjudicado, el adjudicatario deberá presentar la factura emitida por Lukacova, correspondiente al valor de adjudicación e incluyendo la descripción del bien. La referida factura podrá ser emitida y entregada por Lukacova dentro del plazo de hasta dos (2) días hábiles contados desde la acreditación del pago total del precio del bien adjudicado y de las comisiones/cargos aplicables. En consecuencia, el retiro sólo podrá materializarse una vez disponible dicha factura y cumplidas las demás condiciones de coordinación e identificación que Lukacova indique.
Plazo Máximo:
El retiro deberá realizarse dentro del plazo máximo de siete (7) días hábiles, contado desde (i) la acreditación del pago total del bien y de los cargos aplicables, y (ii) la comunicación de instrucciones de retiro/entrega por parte de Lukacova, lo que ocurra último, salvo prórroga expresa. Vencido dicho plazo por causa imputable al adjudicatario, se devengará a su cargo un cobro por bodegaje/custodia de $3.500 (tres mil quinientos pesos) por cada día hábil, el que comenzará a correr desde el día hábil siguiente al vencimiento del plazo de retiro y hasta la fecha de retiro efectivo. Este cobro podrá ser eximido total o parcialmente solo mediante autorización expresa y por escrito, remitida por correo electrónico por Lukacova. Sin perjuicio del bodegaje/custodia, Lukacova y/o el custodio quedarán facultados para disponer nuevamente del bien para su reasignación, publicación o remate, pudiendo efectuarse, si correspondiere, una liquidación de fondos a favor del adjudicatario únicamente respecto del saldo que resultare, previa imputación de la garantía de seriedad, comisiones, gastos administrativos, costos de re-publicación y demás costos, gastos o perjuicios asociados al incumplimiento.
7. CLÁUSULAS ESPECIALES
Exoneración de Responsabilidad:
Lukacova no será responsable por vicios ocultos, errores de descripción o antecedentes entregados por los propietarios de los bienes. En virtud de lo anterior, los participantes renuncian expresamente a ejercer acciones por saneamiento o indemnización, liberando de toda responsabilidad precontractual, contractual, postcontractual, extracontractual, infraccional, administrativa y delictual al mandante, al Martillero y Lukacova, derivada de defectos mecánicos, funcionales y estéticos que presenten los bienes ofrecidos
Modificación o Suspensión del Remate:
Lukacova podrá suspender, modificar o cancelar el remate por razones fundadas y/o por caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que será informada por los medios que Lukacova estime pertinentes. En tales casos, Lukacova no será responsable por eventuales perjuicios indirectos o lucro cesante, no procediendo indemnización alguna por dicha suspensión, modificación o cancelación. No obstante, Lukacova deberá devolver íntegramente las Garantías de Seriedad válidamente constituidas por los Postores que no resulten adjudicatarios, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contado desde la comunicación de la suspensión, modificación o cancelación, según corresponda, mediante transferencia a la cuenta informada por cada Postor. Será de exclusiva responsabilidad del Postor proporcionar datos bancarios correctos y verificables. En caso de remates modificados o reprogramados, el Postor podrá solicitar la devolución de su Garantía si decide no participar en la nueva fecha o condiciones, aplicándose el mismo plazo y mecanismo de devolución.
Facultades del Organizador y del Martillero:
Lukacova, en su calidad de Organizador, y el Martillero, en lo que le corresponda, se reservan el derecho de:
- Admitir o excluir postores y/o rechazar posturas cuando exista comportamiento indebido, incumplimiento de estas Bases o de las condiciones informadas/publicadas para el remate, falta de garantía suficiente, falta de identificación, entorpecimiento del remate, o cualquier otra conducta que afecte la seriedad, seguridad u orden del proceso.
- Mantener el orden y adoptar medidas para asegurar el normal desarrollo del remate, incluyendo instruir la salida de quienes perturben su realización.
- Retirar lotes, suspender temporalmente su puja, reordenar su secuencia, modificar condiciones operativas (horarios, modalidad, forma de puja) y/o reprogramar o cancelar el remate o parte de él por razones fundadas, contingencias operativas, instrucciones del mandante/custodio cuando proceda, o caso fortuito o fuerza mayor, conforme a estas Bases.
- No adjudicar un lote cuando no se cumplan las condiciones informadas (incluyendo mínimos, si los hubiere) o cuando existan dudas fundadas sobre la validez de una postura, identidad del postor o cumplimiento de requisitos.
- Resolver incidentes y situaciones no previstas en estas Bases e interpretar sus disposiciones para efectos operativos del remate, dentro del marco legal aplicable y de las condiciones informadas/publicadas para el remate, si las hubiere.
- Aplicar medidas frente a incumplimientos, incluyendo la pérdida de la Garantía de Seriedad, bloqueo/inhabilitación para próximos remates y demás consecuencias previstas en estas Bases.
8. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Los datos personales que informen los participantes sólo podrán ser utilizados por Lukacova, y serán tratados confidencialmente y en conformidad con la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada, las modificaciones introducidas por la Ley N°21.719 sobre Datos Personales y la demás legislación aplicable, tanto en relación con los documentos que sean emitidos, actas, recibos, comprobantes, transacciones y demás documentos propios del remate. Lukacova podrá tratar los datos personales entregados con ocasión del remate para la generación de dichos documentos, así como también para fines de análisis estadísticos o bien para mejorar la labor de información y servicios con sus clientes, lo que podrá realizar por sí o por medio de terceros con quienes detente acuerdos para estos efectos. El tratamiento de datos será revocable por el usuario mediante el ejercicio de los respectivos derechos ARCO.
9. JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE
Sin perjuicio de la modalidad del remate, los participantes (oferentes, adjudicatarios, intermediarios compradores, entre otros), cualquier dificultad o controversia que se produzca respecto de la aplicación, interpretación, duración, validez, ejecución o cualquier otro motivo de estas Bases se someterá a arbitraje, conforme al Reglamento Procesal de Arbitraje del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago (“CAM Santiago”), vigente al momento del remate. Para estos efectos, los participantes (oferentes, adjudicatarios, intermediarios compradores, entre otros) confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que, a petición escrita de cualquiera de ellas, designe a un árbitro mixto —esto es, arbitrador en cuanto al procedimiento y de derecho en cuanto al fallo— de entre los integrantes del cuerpo arbitral del CAM. En contra de las resoluciones del arbitrador no procederá recurso alguno, con excepción del recurso de reposición y de rectificación, aclaración y enmienda, los que podrán ser ejercidos dentro de quinto día, renunciando las partes expresamente a todos los demás recursos. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción
MIGUEL ANDRÉS BERRIOS FUENTES
CEO & FOUNDER
P.P. LB INVERSIONES SpA